La etarra que ordenó cometer el atentado mortal en León en diciembre de 1995 indemnizará a la Junta con 9.225 euros

|

Portadas


El 22 de diciembre de 1995, a las 13,20 horas, se produjo un atentado terrorista por la banda terrorista ETA, en la ciudad de León, mediante una bomba colocada en los bajos de un coche que explosionó ante el semáforo situado en la calle Ramón y Cajal, a la altura de la confluencia de las calles Renueva y Abadía, y en el que falleció un alto miembro del Ejército de Tierra, resultó gravemente herida su hija que iba de copiloto en el vehículo, y resultaron heridas otras cuatro personas que transitaban por las inmediaciones.


Ahora, la sentencia de 3 de febrero de 2021 del Tribunal Supremo, que ratifica la previa de la Audiencia Nacional de 22 de julio de 2020, condena a la etarra, ya que fue la que ordenó que se cometiera dicho atentado, como responsable de un delito consumado de asesinato terrorista contra miembro de las Fuerzas Armadas, cuatro delitos frustrados de asesinato terrorista, y tenencia de explosivos.


Con la apertura de la causa en la Audiencia Nacional, los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León se personaron en el proceso como acusación particular, adhiriéndose a las peticiones de penas solicitadas por el Ministerio Fiscal, y reclamando el abono como indemnización de los daños y perjuicios causados a la Administración autonómica de los gastos ocasionados a la sanidad pública por las atenciones médicas y hospitalarias de todos los heridos.


Más que por la importancia de los daños sufridos a los que ha sido condenada la etarra, y que ascienden a 9.225 euros, "es importante la personación judicial de la Junta de Castilla y León por el apoyo que ello supone específicamente hacia los familiares de las víctimas, y de forma general, hacia el colectivo de las víctimas de atentado terrorista" manifiesta la Junta en un comunicado. 

Comentarios