Entran en vigor este domingo y se revisarán cada siete días, además también se aplican a los municipios salmantinos de Ituero de Azaba, Sancti Spíritus, Encinas de Arriba, Puente del Congosto, Pedrosillo de los Aires, Valdecarros y Santibáñez de Béjar.
El Acuerdo que da cobertura legal a esta situación tendrá plena vigencia una vez publicado mañana en el Boletín Oficial de Castilla y León, y su aplicación será desde las 18 horas del domingo 31 de enero, revisándose su contenido y vigencia cada siete días.
Las medidas afectan a 53 municipios de la comunidad a los que se van a aplicar las medidas sanitarias preventivas adicionales de carácter excepcionalísimo, listado que se actualizará cada siete días naturales atendiendo a los indicadores establecidos por la autoridad sanitaria competente.
Dichos indicadores epidemiológicos serán una incidencia acumulada en los últimos siete días igual o superior a 1.500 por cada 100.000 habitantes, número de casos igual o mayor a diez en los últimos 14 días y la relación entre incidencia acumulada a 7-14 días igual o mayor a 0,45, con la finalidad de contener la transmisión comunitaria de la pandemia y reducir la presión asistencial de los centros y servicios sanitarios.
En cuanto a las decisiones excepcionales referidas a la suspensión de apertura al público o de la actividad que estarán vigentes en los municipios afectados, son las siguientes:
Se suspenden todas las actividades de restauración tanto en el interior de los establecimientos como en terrazas al aire libre, con las siguientes excepciones:
Se suspende la apertura al público de bibliotecas, archivos, museos y salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales, salvo para la prestación de los siguientes servicios mínimos:
Las bibliotecas, para el servicio de préstamo y devolución de obras, con cita previa.
Se suspende la apertura al público de cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.
Suspensión de la apertura al público de los centros de ocio infantil y juvenil.
Se suspende la apertura al público de centros de interpretación y aulas de la naturaleza.
Se suspende la realización de actividades de tiempo libre en instalaciones, centros o espacios cerrados.
Se suspende la apertura al público de las atracciones de ferias.
Suspensión de la apertura al público de la actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas.
Se suspende la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional de ámbito autonómico, salvo las competiciones, incluidos sus entrenamientos, que den acceso directo o cuyas fases regulares de competición desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales regulares de ámbito estatal.
No se permite la asistencia de público a ningún evento deportivo.
Por otra parte, en lo referido a la limitación de horarios, el régimen extraordinario adoptado implementa que el horario máximo de apertura queda fijado, en los diferentes ámbitos territoriales de la Comunidad y para todos los establecimientos, actividades y servicios regulados en el Acuerdo 76/2020, hasta las seis de la tarde.
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