Segovia y provincia retroceden al nivel 4 de alerta con "riesgo extremo"

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La Junta de Castilla y León ha aprobado el Acuerdo por el que se declara el nivel 4 de alerta por la COVID-19 para la provincia de Segovia, con la consecuente adopción de medidas sanitarias preventivas ordinarias para la contención de la pandemia en ese territorio provincial castellano y leonés.


La decisión ha sido adoptada en reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno a la vista de los últimos informes sanitarios y de la evolución de los indicadores pandémicos en Segovia, que expresan una situación de riesgo extremo, con transmisión comunitaria no controlada y sostenida de la infección por SARS-CoV-2 que excede las capacidades del sistema sanitario.


Esta decisión ha sido publicado hoy sábado, 2 de enero, en el Boletín Oficial de Castilla y León, lo que posibilitará la entrada en vigor de este nivel 4 de alerta pandémica en la provincia de Segovia a partir de las 00 h del próximo domingo, 3 de enero de 2021, manteniendo su eficacia mientras subsista la situación de riesgo que ha motivado su implementación.


Con carácter general las acciones ordinarias de contención que entrarán en vigor a las 00 h del próximo domingo, 3 de enero, con la declaración del nivel 4 de alerta sanitaria en Segovia y en su provincia, se resumen en:


  • En hostelería y restauración, el consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33 % del aforo. Se limitará la ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas a seis personas. En todo caso, la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros en terrazas al aire libre, y de dos metros en el interior de los establecimientos. Las terrazas se podrán abrir con el 75 % del aforo.


  • En ocio y cultura, museos y salasde exposiciones deberán respetar la limitación de un tercio de su aforo; por su parte en cines y teatros, aforo máximo a un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.

  • Centros comerciales y comercios minoristas: un tercio del aforo tanto en locales de interior como en zonas comunes. Se mantendrá las limitaciones y condiciones de horario establecidas por el actual Estado de Alarma (R.D. 926/2020) y su toque de queda.

  • Deportes: al aire libre, sin restricciones pero respetando las medidas preventivas individuales generales; en instalaciones cerradas, un tercio del aforo, uso obligatorio de la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto físico (máximo seis personas simultáneamente), excepto deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento; y en cuanto a la asistencia a eventos deportivos, aforo máximo a un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.

  • Ámbito social: limitación de visitas en centros de personas mayores; aforo al 50% en lugares de culto; y limitación a diez personas en velatorios en lugares cerrados y a quince, si es al aire libre.

Además de estas condiciones y de aquellas otras que de una forma más específica y sectorial se recogen en el Acuerdo 76/2020, la Junta recuerda la necesidad de mantener comportamientos individuales responsables y preventivos: uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos, mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad y la limitación a un máximo de seis personas en reuniones familiares y sociales.


También que se mantiene el actual toque de queda, entre las diez de la noche y las seis de la mañana y que la Comunidad autónoma de Castilla y León se encuentra en situación de cierre perimetral en su conjunto, para la entrada y salida de personas de su territorio, con las excepciones establecidas por causa y fechas concretas, hasta el próximo 10 de enero.

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